Boletín de Normas Legales
- administracion6964
- 10 mar
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Boletín de Normas Legales del 28 de febrero de 2025

NOTICIAS
DÓLAR CAE POR SEGUNDO MES SEGUIDO Y ESTE SERÁ SU RUMBO EN MARZO
La próxima entrada en vigor de aranceles a México y Canadá por parte de EE.UU. acrecienta la incertidumbre, ¿esto hará que el dólar revierta su caída? Según analistas del mercado financiero, la moneda estadounidense mantendría la tendencia bajista próximo mes.
En teoría, la imposición de aranceles empuja al alza la inflación, lo que conduciría a mayores tasas de interés en EE.UU.. En consecuencia, se producirían presiones alcistas sobre el billete verde. La divisa descendió en febrero de S/ 3.728 a S/ 3.675.
Ayer Donald Trump anunció en su cuenta de Truth Social que los aranceles a México y Canadá serían efectivos el 4 de marzo. Sin embargo, el día anterior el mandatario pareció indicar que esta medida se postergaría hasta abril: “Las amenazas de Trump parecen ser más una palanca de negociación. Hoy (el presidente) parece estar en un escenario moderado, por lo que no habría nada que eleve el dólar por encima de S/ 3.7”, indicaron especialistas, quienes más bien anticipan en el corto plazo “un dólar más pegado a S/ 3.6”.
Otro factor a tener en cuenta es el pago de impuestos en marzo que obliga a las empresas a vender dólares y comprar soles para cumplir con sus obligaciones tributarias: “La tendencia (del dólar) para marzo va a tener un sesgo bajista sin lugar a dudas por la regularización de impuestos. Luego, vamos a tener consideraciones idiosincráticas, por ejemplo por el ruido político que comenzará en el segundo semestre”.
Los analistas destacan que principalmente las compañías mineras venderán moneda extranjera. “El 2024 ha sido histórico en la balanza comercial peruana, llegó a US$ 24,000 millones (a diciembre), siendo en los últimos 10 años ese dato más cercano a los US$ 9,000 millones. Entonces, la cantidad de dólares que ha entrado y que va a tener que ser pagado por las empresas es significativa. Y el mercado lo está comenzando a anticipar”.
Fuente: Diario Gestión.
NORMAS PUBLICADAS
El día 28 de febrero de 2025 no se publicó normas de interés.
JURISPRUDENCIA E INFORMES
El día 27 de febrero de 2025 se publicó el Informe N° 028-2025-SUNAT/7T0000, mediante el cual SUNAT se pronuncia sobre el Fraccionamiento Especial (FE):
Si en un procedimiento en el cual se hubiere impugnado varios valores, el contribuyente opta por acoger al FE solo uno de ellos, se entiende que el desistimiento es únicamente respecto del valor por el que se hubiere presentado la solicitud de acogimiento al FE, manteniéndose impugnados los demás valores.
El desistimiento de la deuda impugnada por los deudores tributarios, previsto en el artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1634, respecto de las deudas por las que solicitan su acogimiento al FE, no comprende a las impugnaciones que de tales deudas hubiere efectuado la administración tributaria, por lo que estas continúan con su tramitación.
Si un contribuyente ha impugnado judicialmente una deuda tributaria y el Poder Judicial ha emitido una sentencia firme antes de la vigencia del Decreto ejecutándose la carta fianza otorgada al amparo del artículo 159 del Código Tributario, el saldo no cubierto por esta podrá acogerse al FE.
El desistimiento generado por la aprobación de la solicitud de acogimiento al FE solo opera respecto de las demandas contencioso -administrativas y acciones de amparo presentadas por los deudores tributarios, cuya pretensión tenga incidencia respecto de la determinación y/o cobranza de la deuda por la que se hubiere solicitado el FE, sea de manera directa o indirecta.
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