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Boletín de Normas Legales

  • 6 may
  • 4 min de lectura

Boletín de Normas Legales del 01 al 05 de mayo de 2026



NOTICIAS


CONSEJO FISCAL ALERTA: NO HAY DINERO PARA BUENA PARTE DE LAS PROMESAS DE CANDIDATOS PRESIDENCIALES?


El Consejo Fiscal (CF) del Perú, liderado por Alonso Segura, ha emitido una severa alerta sobre la crítica situación financiera que atraviesa el país. Según el organismo, el Perú ya ha ingresado en una senda de insostenibilidad fiscal, lo que dejará al próximo gobierno sin recursos para ejecutar la mayoría de sus promesas de campaña. Esta postura es respaldada por el MEF, que por primera vez admite un fuerte deterioro en las cuentas públicas, atribuido principalmente al incremento desmedido de remuneraciones estatales promovido tanto por el Congreso como por el Ejecutivo.


Segura advierte que la administración entrante enfrentará la menor disponibilidad presupuestaria de las últimas tres décadas, operando con una "billetera agujereada". Actualmente, el espacio fiscal es prácticamente negativo debido a las enormes obligaciones ya contraídas. Las consecuencias de esta gestión irresponsable ya son visibles: se han recortado cerca de S/ 8,000 millones destinados a infraestructura pública para financiar gastos corrientes, resultando incluso en la cancelación de programas educativos esenciales como las becas del bicentenario, ante la falta de fuentes de financiamiento reales.


La crisis se intensifica por leyes recientes que imponen presiones anuales superiores a los S/ 12,000 millones, destacando el nombramiento de docentes y la homologación salarial. El CF subraya que los candidatos actuales comparten responsabilidad, pues sus partidos integran el actual Legislativo


Fuente: Diario Gestión.



SUNAT EXTIENDE EL PLAZO SIN SACIONES POR INFRACCIONES VINCULADAS AL SIRE HASTA JUNIO DEL 2026?


SUNAT ha oficializado la extensión del periodo de gracia sin sanciones para las infracciones relacionadas con el SIRE hasta el 30 de junio de 2026. Esta medida, fundamentada en la facultad discrecional de la entidad, busca otorgar un margen mayor para que los contribuyentes logren una adaptación efectiva al nuevo esquema digital sin el peso de multas administrativas inmediatas.


Según lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia Adjunta de Tributos Internos Nº 000019 2026-SUNAT/700000, este beneficio alcanza a los sujetos obligados al SIRE considerando su situación al cierre de 2025. Permite regularizar la generación de registros y realizar ajustes pendientes sin enfrentar castigos económicos, abarcando incluso aquellas faltas que se produzcan durante los periodos de abril y mayo de 2026.


La flexibilidad se aplica a las faltas tipificadas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario, vinculadas al cumplimiento de condiciones en libros contables y al registro oportuno de comprobantes de pago. Fuente: Diario Gestión.



SUNAT: S/. 173 MILLONES HAN SIDO DEVUELTOS A PERSONAS NATURALES POR DECLARACIÓN DE RENTA 2025


SUNAT ha logrado reembolsar un total de S/ 173 millones a los contribuyentes que presentaron su DJ Anual de Renta 2025. Hasta la fecha, se han procesado exitosamente más de 133 mil solicitudes de devolución.


El marco normativo vigente permite a los trabajadores independientes y dependientes deducir gastos adicionales de hasta 3 UIT. Este beneficio se aplica específicamente a consumos realizados en hoteles, bares y restaurantes, siempre que dichos establecimientos emitan boletas de venta electrónicas. Fuente: Diario Gestión



NORMAS PUBLICADAS


El 04 de mayo de 2026 se publicó la RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000077 2026/SUNAT, el cual dispone la entrada en funcionamiento del aplicativo informático para la atención de solicitudes de adjudicación, donación y destino de bienes.

  • Destinado a las solicitudes de entidades públicas, las instituciones y las comunidades campesinas y nativas presentan, a través del aplicativo informático autorizado por la SUNAT.

  • A partir del 4 de mayo de 2026 el aplicativo informático es el único medio para presentar las solicitudes de adjudicación, donación y destino de bienes.


El 30 de abril de 2026, en una edición extraordinaria de El Peruano, se publicó la RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000075-2026/SUNAT, que regula la nueva oportunidad de designación como emisor electrónico en el SEE y obligación de llevar registros a través del SIRE.

  • La designación como emisor electrónico del SEE opera desde la fecha de inscripción en el RUC para los nuevos contribuyentes que opten por el Régimen MYPE Tributario, Régimen Especial o Régimen General del Impuesto a la Renta.

  • Los contribuyentes obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras deberán hacerlo a través del SIRE desde el momento en que adquieran dicha obligación, adelantándose la oportunidad de uso respecto de la normativa anterior.

  • Entra en vigencia el 1 de junio de 2026



JURISPRUDENCIA E INFORMES


Entre el 01 y 05 de mayo no se publicacó jurisprudencia o informes relevantes.



Sin embargo, compartimos los siguientes pronunciamientos por ser relevantes:


Resolución del Tribunal Fiscal N° 7561-11-2025, publicada el 15/08/2025

  • Entrega de combustible y alimentación a transportistas: Ingreso gravado con efecto neutro por reconocimiento del costo asociado.

  • Se acredita que la entrega es a título oneroso, y no se tratara de un autoconsumo, por lo que se realizó una venta de bienes a los contratistas o proveedores, que genera un ingreso afecto al Impuesto a la Renta del ejercicio 2013. Pero este también es reconocido como un costo de producción indirecto porque permite el transporte de los minerales que es finalmente determinado como un servicio necesario, y por ello como costo de producción.


Resolución del Tribunal Fiscal N° 1169-7-2026, publicada el 06/02/2026

  • Intervención Excluyente de Propiedad: Acreditación de la transferencia de un bien futuro (inmueble) a favor del tercero en fecha previa a la traba del embargo sobre aquel.

  • El inmueble contaba con la condición de ser transferido cuando se terminara la construcción. Ya tenía existencia con la culminación de la obra según el procedimiento de obtención de conformidad de obra, por lo que si bien con la celebración del aludido acuerdo, el recurrente había adquirido la titularidad del bien, dicha circunstancia se corroboró, para la presente tercería, con el documento público, esto es, con el otorgamiento de la escritura pública.


Resolución del Tribunal Fiscal N° 4070-4-2025, publicada el 07/05/2025

  • Cumplimiento de RTF: Improcedencia de la redeterminación de la deuda tributaria en la que se modifica un aspecto que no fue materia de controversia en etapa de apelación.

  • Tratándose de la etapa de cumplimiento, la facultad para redeterminar la deuda tributaria está limitada a los parámetros establecidos, no pudiendo introducirse nuevas observaciones o aspectos adicionales que no fueron materia de controversia en instancia de apelación.

 
 
 

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Estudio
Benites

Mónica
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