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Boletín de Normas Legales

  • 6 may
  • 2 min de lectura

Boletín de Normas Legales del 21 de abril de 2026



NOTICIAS


SUNTA “APUNTA” A TEMU, ALIEXPRESS Y MÁS: COMPRAS MENORES DE U$ 200 PAGARÍAN IMPUESTOS


La SUNAT evalúa minuciosamente el esquema "Importa Fácil" actualmente vigente. Esta iniciativa surge ante el crecimiento exponencial del comercio electrónico en Perú, que escaló de 18 a más de 60 millones de transacciones anuales. Actualmente, las importaciones menores a 200 dólares están exoneradas de impuestos; sin embargo, la entidad detectó patrones vinculados a actividades comerciales encubiertas en lugar del consumo personal. Para mitigar esta irregularidad, se intensificará la fiscalización de indicadores como la frecuencia de compras, el uso recurrente del mismo DNI y los volúmenes importados, analizando la permanencia del umbral exoneratorio frente a diversos estándares internacionales.


Por otro lado, la SUNAT enfoca estratégicamente sus esfuerzos en fortalecer el cumplimiento de los contribuyentes vigentes, priorizando el cierre de brechas en el IGV y Renta. En este marco, se desarrollará un programa de cumplimiento colaborativo empresarial, con un piloto previsto para noviembre de 2026. Adicionalmente, se proyecta validar las billeteras digitales como comprobantes de pago oficiales hacia el segundo semestre de 2026, simplificando la necesaria formalización y trazabilidad de los pequeños negocios.


Finalmente, la administración decidió postergar la ejecución del perfil de cumplimiento hasta finales de 2027 para ajustar criterios técnicos con gremios empresariales relevantes. Mientras tanto, se mantiene la vigilancia sobre el IGV en plataformas digitales y la identificación de patrimonios en el exterior para promover regularizaciones voluntarias. Pese a desafíos externos, la SUNAT mantiene su compromiso institucional con una gestión técnica enfocada en la eficiencia, transparencia y el desarrollo económico fiscal del país.


Fuente: Diario Gestión.



NORMAS PUBLICADAS


El 21 de abril de 2026 no se publicó normativa relevante.



JURISPRUDENCIA E INFORMES


El 21 de abril de 2026 no se publicó jurisprudencia o informes relevantes.



Sin embargo, comentamos los siguientes pronunciamientos:


Resolución del Tribunal Fiscal N° 2544-4-2025, publicada el 19/03/2025

  • Facultad de reexamen: Caso en que se modificó el fundamento del reparo de deudas incobrables.

  • Sí excede sus facultades, pues el reparo fue establecido en la consideración que la recurrente no acreditó la incobrabilidad de las deudas al haberse celebrado nuevamente contratos con las empresas reaseguradoras y no en base a nuevas operaciones que descalifican a la operación como incobrable.


Resolución del Tribunal Fiscal N° 1685-12-2026, publicada el 20/02/2026

  • Pago de comisiones por una concesionaria de vehículos a una empresa financiera vinculado al financiamiento vehicular que obtenían sus clientes: Caso de no deducibilidad.

  • No se ha alegado ni acreditado la existencia de algún servicio o prestación que la recurrente hubiera recibido de que correspondiese a las sumas de dinero entregadas por aquella, por lo que su pago, al no tener una prestación recíproca, podría calificar simplemente como una donación que no sería deducible por no cumplir con el principio de causalidad, además, aceptar la deducibilidad como gasto de la entrega de sumas de dinero a terceros, sin que medie la prestación de un servicio específico como contrapartida, determinaría que cualquier alegación de un impreciso beneficio que pudiera reportar la actividad económica de un tercero, justificaría que se le entregasen sumas de dinero, deducibles como gasto, lo que claramente no puede aceptarse.

 
 
 

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