Boletín de Normas Legales
- 6 abr
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Boletín de Normas Legales del 25 de marzo de 2026

NOTICIAS
SUNAT: DETECTAN S/ 3,195 MILLONES EN OPERACIONES CONFACTURAS SIN SUSTENTO
La SUNAT ha detectado un fraude masivo mediante operaciones con facturas sin sustento que ascienden a S/ 3,195 millones. El Superintendente Javier Franco Castillo sostiene que la recaudación sostenible representa un desafío crítico para el Estado, exigiendo un equilibrio entre la facilitación del cumplimiento voluntario y una fiscalización rigurosa. Actualmente, el país enfrenta brechas de incumplimiento alarmantes: un 53% en el Impuesto a la Renta (IR) y un 34% en el IGV. Estas cifras no solo debilitan las finanzas públicas, sino que distorsionan gravemente la competencia leal entre las empresas nacionales al permitir ventajas indebidas.
Mediante el uso de analítica avanzada e inteligencia artificial, la SUNAT logró desarticular redes de proveedores ficticios, calificando a 78 contribuyentes como Sujetos sin Capacidad Operativa (SSCO). Estas entidades emitieron más de 455,000 comprobantes de pago a una red de 57,000 clientes, buscando incrementar artificialmente gastos y créditos fiscales. Las investigaciones revelaron que estas empresas carecían de trabajadores, activos y locales adecuados. En muchos casos, sus domicilios fiscales eran inexistentes o inconsistentes con la magnitud de sus operaciones millonarias, las cuales no presentaban movimientos financieros reales que respaldaran las transacciones declaradas ante la administración.
El avance de la facturación electrónica permite hoy cruzar información masiva para detectar estas irregularidades que antes pasaban desapercibidas. Al cerrar el paso a las facturas falsas, se protege a los contribuyentes que actúan correctamente y se fortalece la integridad del sistema..
Fuente: Diario Gestión
FACTURAS FALSAS EN LA MIRA DE LA SUNAT: CÓMO SABER SI TU PROVEEDOR ES UNA EMPRESA FANTASMA
La Sunat ha endurecido su fiscalización mediante la modificación de la Ley Penal Tributaria, enfocándose en erradicar la simulación de operaciones a través de empresas fantasma. Para evitar contingencias, los contribuyentes deben priorizar la verificación de sus proveedores en el portal institucional. Una empresa legítima debe figurar estrictamente con estado "Activo"; estados como "Baja de oficio" o "Suspensión temporal" invalidan cualquier comprobante. Además, es crucial revisar la condición de domicilio (que no sea "No Habido") y consultar los padrones de riesgo, específicamente la lista de Sujetos sin Capacidad Operativa (SSCO).
Identificar señales de alerta, como la antigüedad del RUC o la evidente falta de recursos materiales y humanos para realizar la actividad declarada, es vital. En diciembre de 2025, la Sunat publicó una lista de 78 SSCO, concentrados mayormente en Lima (56), que emitieron 455 mil facturas falsas a más de 57 mil clientes. Estos esquemas afectan principalmente a los sectores de servicios, manufactura y construcción, generando un perjuicio económico superior a los 3,195 millones de soles en crédito fiscal e Impuesto a la Renta no reconocidos. Es alarmante que más de 39 mil de estos clientes afectados pertenezcan al Régimen Mype Tributario.
Las consecuencias legales por no detectar a un proveedor fantasma son severas. A nivel tributario, la empresa pierde el derecho a la deducción del gasto y al crédito fiscal, enfrentando multas del 50% del tributo omitido. En el plano penal, la defraudación tributaria se reprime con penas de 8 a 12 años para los representantes legales. Asimismo, el Decreto Legislativo 1716 establece de 5 a 8 años de prisión por falsificar información en el RUC o adulterar depósitos de detracciones. Por ello, la debida diligencia es hoy la única defensa real ante una Sunat con mayor capacidad tecnológica y punitiva.
Fuente: Diario Gestión
NORMAS PUBLICADAS
El 25 de marzo de 2026 no se publicó la normativa relevante.
JURISPRUDENCIA E INFORMES
El 25 de marzo de 2026 no se publicó jurisprudencia e informes relevantes.
Sin embargo, comentamos los siguientes pronunciamientos.
Resolución del Tribunal Fiscal N° 497-5-2026, publicada el 20/01/2026
Intervención Excluyente de Propiedad: Presunción del derecho de propiedad del propietario del inmueble sobre los bienes muebles embargados que se encontraban en su interior.
La Administración no ha argumentado la aplicación de la presunción, mucho más si se trata del domicilio fiscal que no necesariamente debe ser propiedad del contribuyente.
Teniendo en cuenta el principio de verdad material, corresponde a la Administración realizar actuaciones probatorias a fin de establecer quién era la propietaria de los mencionados bienes muebles antes de haberse trabado la referida medida cautelar y, de este modo, desvirtuar o no la aplicación de la citada presunción legal relativa a favor de la recurrente.
Resolución del Tribunal Fiscal N° 8068-11-2025, publicada el 20/01/2026
Servicios de ingeniería de factibilidad necesarios para elaborar un Estudio de Impacto Ambiental en una mina: Documentación que no acreditó y que habría acreditado la fehaciencia de los servicios.
Se limita a presentar documentación interna que no acredita la ejecución efectiva. Idealmente debe adjuntarse el mismo informe producto del servicio de ingeniería.
Resolución del Tribunal Fiscal N° 11404-13-2025, publicada el 05/12/2025
Hecho generador y exigibilidad del IGV por la utilización de servicios prestados por no domiciliados.
La utilización de servicios en el país brindados por no domiciliados se encuentra gravada con el IGV, estando obligados a su pago, como contribuyente, las personas jurídicas que utilicen en el país dichos servicios, siendo que el nacimiento de la obligación tributaria se origina en la fecha en que se anote el comprobante de pago en el Registro de Compras o en la fecha en que se pague la retribución, lo que ocurra primero.





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