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Boletín de Normas Legales

  • 6 abr
  • 2 min de lectura

Boletín de Normas Legales del 20 de marzo de 2026



NOTICIAS


CONGRESO IGNORA ALERTAS FISCALES Y APRUEBA ALZA DE PENSIONES DE MAESTROS A S/ 3,300


El Congreso aprobó por insistencia la ley que eleva las pensiones de 162,000 docentes jubilados a S/ 3,300, igualando este monto a la Remuneración Íntima Mensual (RIM) de la primera escala magisterial. La medida, respaldada con 69 votos, ignora las observaciones previas del Ejecutivo y las alertas del Consejo Fiscal (CF). Mientras el Congreso sostiene que el financiamiento provendrá de impuestos a instituciones educativas privadas y de quinta categoría, los organismos técnicos advierten un panorama crítico para la estabilidad de las finanzas públicas.


Alonso Segura, presidente del Consejo Fiscal, alertó que esta iniciativa demandaría un gasto anual de S/ 5,600 millones. No obstante, proyecciones basadas en el número de beneficiarios sugieren que el costo podría escalar hasta los S/ 6,415 millones anuales, lo cual representa un incremento masivo frente a los S/ 1,555 millones que se desembolsan actualmente para pensiones promedio de S/ 800. El Ejecutivo subraya que la norma es inconstitucional al contravenir el artículo 79 de la Carta Magna, el cual prohíbe al Legislativo crear gastos públicos sin el consentimiento del Gobierno central.


Asimismo, el Ministerio de Economía y el Minedu expresaron su rechazo técnico ante la instauración de un mecanismo de "reajuste permanente". Este sistema genera un "efecto espejo" o "cédula viva", vinculando automáticamente la pensión al sueldo de los docentes activos; así, cada aumento salarial en el sector educación derivará en una carga previsional inmediata.


Fuente: Diario Gestión



NORMAS PUBLICADAS


El 20 de marzo de 2026 no se publicó la normativa relevante.



JURISPRUDENCIA E INFORMES


El 20 de marzo de 2026 no se publicó jurisprudencia o informes relevantes.



Sin embargo, nos permitimos comentar los siguientes pronunciamientos:


Resolución del Tribunal Fiscal N° 8068-11-2025, publicada el 29/08/2025

  • Servicios de toma de muestra de mineral: Documentación que no acreditó y que habría acreditado la fehaciencia de los servicios.

  • Pudo acreditar fehaciencia con la presentación de documentos que acrediten coordinaciones de trabajo, pruebas de laboratorio, ensayos, presentación de equipo, actas de entrega de mineral o informes que evidencien las actividades efectuadas durante la realización de los ensayos que habrían sido solicitados por aquella.


Resolución del Tribunal Fiscal N° 5190-4-2025, publicada el 06/06/2025

  • Operaciones de exportación consideradas por la SUNAT como venta de intangibles a operadores turísticos no domiciliados: Caso en que se dejó sin efecto el reparo.

  • No se transfiere la propiedad de bienes muebles corporales ni derechos referidos a estos, sino que brinda servicios turísticos, por lo que la calificación efectuada por la Administración de las operaciones reparadas como ventas de intangibles no gravadas, que sustenta el reparo bajo análisis, carece de sustento.


Resolución del Tribunal Fiscal N° 21-9-2026, publicada el 06/01/2026

  • Improcedencia de la imputación de responsabilidad solidaria tras el vencimiento del plazo prescriptorio para determinar dicha condición – Cómputo del plazo prescriptorio.

  • El computo inicia con la emisión de la multa objeto de responsabilidad solidaria y se agota con los 4 años regulares.

 
 
 

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Estudio
Benites

Mónica
Benites

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