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Boletín de Normas Legales

  • 6 abr
  • 5 min de lectura

Boletín de Normas Legales del 14 al 17 de marzo de 2026



NOTICIAS


NUEVO REGLAMENTO PARA FORTALECER OXI BUSCA REACTIVAR 12,000 PROYECTOS CON TRABAS


El Gobierno peruano ha dado un paso decisivo para dinamizar la infraestructura nacional mediante la aprobación del Decreto Supremo N.º 038-2026-EF. Esta normativa reglamenta la Ley N.º 29230, y agrupa el marco de las Obras por Impuestos (OxI), con el firme objetivo de reactivar más de 12,000 proyectos actualmente paralizados por diversas trabas administrativas y financieras. Esta enorme brecha de inversión, que supera los 21,000 millones de soles, impacta mayoritariamente a gobiernos locales en sectores críticos como salud, transporte, educación y saneamiento básico.


El mecanismo de OxI permite que las empresas privadas financien y ejecuten directamente obras públicas de carácter prioritario. A cambio, el Estado otorga certificados de inversión que las compañías emplean para cancelar sus obligaciones tributarias vigentes. Una de las innovaciones más destacadas de este nuevo reglamento es la ampliación significativa de su alcance, permitiendo ahora no solo la ejecución de proyectos de inversión, sino también el financiamiento de actividades de operación, mantenimiento y servicios esenciales, sumado a la construcción de viviendas rurales. Esto busca asegurar que las obras terminadas sean funcionales y sostenibles en el tiempo.


Asimismo, la normativa fortalece la gestión técnica y estratégica nacional. Las inversiones deberán estar alineadas con la programación multiannual para garantizar su relevancia sectorial. El Ministerio de Economía y Finanzas supervisará la emisión de certificados y los topes de capacidad, mientras que ProInversión consolidará su rol como articulador técnico bajo el enfoque "OxI 360". Este modelo integral plantea un acompañamiento en todas las fases del proceso, brindando asistencia técnica y capacitación constante a los funcionarios públicos. En definitiva, este fortalecimiento busca acelerar el cierre de brechas de infraestructura, promoviendo una colaboración público privada más eficiente, transparente y orientada a mejorar la calidad de vida ciudadana en el Perú.


Fuente: Diario Gestión



PESE A AUMENTO DE CONTRIBUYENTES EN PERÚ, PRESIÓN TRIBUTARIA SIGUE ESTANCADA: CÓMO DESTRABARLO


En el Perú, aunque el número de contribuyentes inscritos en el RUC aumentó un 35% en los últimos siete años, pasando de 9.5 millones en 2019 a 13 millones en 2026, la presión tributaria permanece estancada. Según datos del BCRP, esta apenas varió del 14.4% del PBI en 2019 al 14.9% en 2025, cifras aún inferiores al 15.6% registrado en 2010. Este fenómeno evidencia que el incremento cuantitativo de inscritos no asegura una mayor recaudación, la cual sumó S/ 30,260 millones a febrero de 2026 impulsada principalmente por los altos precios del cobre y oro, y no por una base tributaria sólida.


Expertos señalan que este estancamiento responde a brechas fiscales y problemas estructurales. La evasión tributaria le cuesta al país unos S/ 58,000 millones anuales. Existe además una alta concentración recaudatoria: solo el 1% de las empresas (grandes corporaciones) aporta entre el 86% y 88% del total. En cuanto a personas naturales, el panorama es crítico: el 70% de los trabajadores es informal y, del segmento formal, solo un 7% paga Impuesto a la Renta, ya que la mayoría no supera el umbral de deducción de 7 UIT. Asimismo, la facilidad para obtener RUC permite la proliferación de "empresas fantasmas".


Para destrabar esta situación, se propone una reforma legislativa profunda que simplifique los cuatro regímenes actuales (RUS, RER, RMT y General) en un sistema eficiente basado en ingresos. La propuesta final incluye fiscalizar a sujetos sin capacidad operativa para evitar la venta de facturas, lo que reduciría la evasión del IGV en S/ 4,500 millones anuales. Finalmente, se plantea formalizar a la minería artesanal e implementar un impuesto a los servicios digitales con tasas de entre el 3% y 7%, buscando una ampliación cualitativa de la base tributaria que tome al menos una década en consolidarse.


Fuente: Diario Gestión



NORMAS PUBLICADAS


El 14 de marzo de 2026 se publicó el DECRETO SUPREMO N° 038-2026-PCM, el cual aprueba el nuevo Reglamento de la Ley 29230 - LEY QUE IMPULSA LA INVERSIÓN PÚBLICA REGIONAL Y LOCAL CON PARTICIPACIÓN DEL SECTOR PRIVADO.

  • Respecto a lo tributario, detalla el marco de aplicación de las Obras por impuestos que son inversiones que comprenden Proyectos de Inversión, IOARR e IOARR de emergencia, actividades de operación y/o mantenimiento, servicio y actividades de construcción de viviendas rurales.; así como el rol de las entidades estatales administrativas y demás.



JURISPRUDENCIA E INFORMES


Entre el 14 y 17 de marzo de 2026 no se publicó jurisprudencia o informes relevantes.



Sin embargo, nos permitimos comentar los siguientes pronunciamientos:


Sentencia Casación 18462-2025, Lima, publicada el 07/01/2026

  • IFD con fines de cobertura: Caso en que se exigió documentación adicional a los fines de acreditar el “strike price”.

  • La Administración señala que la empresa no presentó el escrito de solicitud que habría dado origen a la carta del Banco Continental y el contenido de dicha carta debió incluir los gráficos e información considerados para la fijación del precio de la operación, así como sus respectivos documentos adjuntos.

  • Sin embargo, de la revisión de requerimientos y apelaciones de la Admin, se advierte que no se requirió ni se sustentó esta información adicional que sustente el “strike price” .


Sentencia Casación 816-2025, Lima, publicada el 27/08/2025

  • Facultad de reexamen: Improcedencia de la modificación del fundamento del reparo. La facultad de reexamen permite a la Administración únicamente incrementar o disminuir el monto de los reparos impugnados, pero no formular nuevos reparos ni variar su fundamento original.

  • La diferente apreciación subjetiva del derecho aplicable no sustenta el reexamen de los hechos sustanciales. La jurisprudencia constante ha establecido que la interpretación errónea o no inaplicación normativa no pueden utilizarse como una tercera instancia destinada a reexaminar el fondo del asunto o la valoración de los hechos, sino que requieren la identificación clara y objetiva del error normativo, lo que en el presente caso no ha sido acreditado.


Resolución del Tribunal Fiscal N° 11458-9-2025, publicada el 11/12/2025

  • Tasa adicional del IR: Costos de alquiler y reparación de equipos no sustentados por un consorcio.

  • Al concluirse que no tenía sustento lo argumentado por la empresa sobre el costo de alquiler y reparación como servicio prestado y no como obligación frente al Consorcio, queda firme que las sumas cargadas a gastos no tienen sustento, resulta procedente la aplicación de la Tasa Adicional por disposición expresa del inciso 9) del artículo 24-A de la Ley del Impuesto a la Renta.


Sentencia Casación 23681-2025, Lima, publicada el 29/10/2025

  • Notificación por cedulón: Requisitos de validez.

  • La correcta aplicación del artículo 4 del Decreto Supremo N.º 041-2006-EF implica la consideración de las tres oportunidades de notificación exigidas para atribuir la condición de “no hallado” y, en consecuencia, la de “no habido”; pues carece de eficacia jurídica la notificación que no cumpla con la fijación del cedulón prevista en el artículo 104 del Código Tributario, requisito indispensable para considerar válida una notificación bajo las causales de negativa de recepción o domicilio cerrado

 
 
 

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