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Boletín de Normas Legales

  • 6 abr
  • 5 min de lectura

Boletín de Normas Legales del 07 al 10 de marzo de 2026



NOTICIAS


DOLAR SE DISPARA POR SHOCK GLOBAL DEL PETRÓLEO, ¿ROMPERÁ LOS S/. 3.50 O BCRP LO FRENARÁ?


El recrudecimiento del conflicto bélico entre Estados Unidos e Israel contra Irán ha desencadenado una crisis petrolera global de magnitudes alarmantes. La parálisis del flujo comercial en el estratégico estrecho de Ormuz, sumada a los ataques directos contra la infraestructura energética en el Golfo Pérsico, ha generado un shock de oferta comparable al de la década de los 70. Las principales navieras han suspendido sus operaciones en la zona por temor a represalias, obligando a países como Irak a reducir drásticamente su producción. Como consecuencia, el crudo Brent experimentó un salto del 30%, rozando los 120 dólares por barril, aunque la presión disminuyó levemente tras el anuncio del G7 sobre la liberación de reservas estratégicas.


Esta inestabilidad internacional provocó un desplome en las bolsas mundiales, impulsando a los inversionistas a refugiarse en el dólar. En el contexto peruano, este escenario se tradujo en una presión alcista que llevó a la divisa a rozar el umbral de los S/ 3.50. Ante esta situación, el papel del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) resultó fundamental. El ente emisor ejecutó una intervención directa mediante la colocación de swaps cambiarios por un neto de S/ 1,500 millones, logrando estabilizar el cierre de la jornada en S/ 3.49 y frenando momentáneamente la depreciación del sol.


Analistas locales destacan que, si bien el Perú cuenta con reservas récord para moderar la volatilidad, el BCRP no pretende fijar un tipo de cambio rígido. Su estrategia se enfoca en evitar movimientos bruscos que alimenten expectativas inflacionarias. No obstante, advierten que el nivel de S/ 3.50 actúa como un "techo" psicológico que podría romperse si la demanda global de dólares persiste. En dicho escenario, la autoridad monetaria se limitaría a modular la velocidad del ascenso, priorizando la estabilidad financiera ante un panorama externo extremadamente incierto.


Fuente: Diario Gestión



POR QUÉ LA ESTABILIDAD DEL SOL NO PUEDE DARSE POR SENTADA


La estabilidad del sol peruano ha sido desafiada recientemente por la volatilidad global. Durante el último año, el tipo de cambio estuvo marcado por factores externos favorables, como el incremento en los precios de los metales y la reducción de tasas de la Fed. Estos elementos permitieron que la moneda local se apreciara hasta niveles cercanos a 3.3450 a fines de enero. Es notable que el sol mostró un blindaje significativo frente a la incertidumbre política interna, donde incluso los cambios presidenciales tuvieron repercusiones mínimas en su cotización diaria, normalizándose estas circunstancias ante los ojos del mercado.


No obstante, esta tendencia se interrumpió por la escalada del conflicto entre Estados Unidos e Irán, disparando la incertidumbre internacional. Este evento provocó una depreciación del 1.60% en el mercado interbancario, situándose entre las variaciones más drásticas de la última década. El fenómeno responde a la búsqueda de activos refugio, como el dólar, por parte de inversionistas ante crisis geopolíticas. A pesar de la presión, el Banco Central de Reserva intervino mediante la venta de divisas para mitigar movimientos bruscos y evitar una sobrerreacción del mercado, cumpliendo con su misión institucional de preservar la estabilidad monetaria frente a eventos transitorios.


Mirando hacia adelante, el panorama sigue siendo incierto debido a la inestabilidad geopolítica y las próximas elecciones presidenciales en Perú. Por ello, resulta fundamental que el sector corporativo mantenga una política activa de gestión de riesgos financieros. El mercado ofrece herramientas como forwards y opciones que permiten cubrir balances y flujos de caja ante fluctuaciones inesperadas. En definitiva, la experiencia reciente demuestra que la estabilidad cambiaria no debe darse por sentada y que el manejo responsable de riesgos es hoy un componente esencial para el éxito de cualquier actividad económica en el país.


Fuente: Diario Gestión.



NORMAS PUBLICADAS


Entre el 07 y 10 de marzo de febrero de 2026 no se publicó normativa relevante.



JURISPRUDENCIA E INFORMES


El 10 de marzo de 2026 se publicó el Informe N° 000017-2026-SUNAT/7T0000.

En el marco de lo señalado por el artículo 3 del Decreto Supremo N.° 009-92-EF, no resulta posible que, en casos en los que el Impuesto al Rodaje (IRO) pagado en la importación exceda el IRO que grava la venta local de gasoholes y se genere un “saldo del IRO no aplicado”, se arrastre a los períodos siguientes hasta que se agote.



Así mismo, nos permitimos comentar los siguientes pronunciamientos:


Resolución del Tribunal Fiscal N° 8068-11-2025, publicada el 29/08/2025

  • Reparo a la fehaciencia del gasto por servicios de auditoría: Caso en que se dejó sin efecto por inconsistencias en la valoración de la documentación presentada por el contribuyente.

  • Existe una contradicción entre los medios probatorios que la Administración refiere haber tenido a su disposición durante la tramitación del procedimiento de fiscalización y la documentación que finalmente tomó en consideración para formular el presente reparo.


Sentencia Casación 13702-2025, Lima, publicada el 10/09/2025

  • Crédito por ITAN reconocido en una fiscalización - Cómputo de la prescripción para efectos de su devolución.

  • Determina que el nacimiento del crédito del ITAN por regla general se da con la declaración jurada autodeterminada (art. 8 de Ley 28424), pero ello no es aplicable a los créditos por ITAN que nacen como producto de una fiscalización. En esta situación, el nacimiento del crédito es con la notificación de la Resolución de Determinación, a efectos de computar el plazo de prescripción.


Resolución del Tribunal Fiscal N° 5652-12-2025, publicada el 18/06/2025

  • Operaciones no reales: Documentación insuficiente para acreditar la realidad de las compras de materiales de construcción.

  • No se aporta evidencia acerca de las relaciones comerciales con el proveedor observado, tales como cotizaciones, proformas, presupuestos etc, tampoco documentos que demuestren traslado y recepción de bienes como partes diarios de almacén debidamente suscritos por un trabajador o algún otro documento en el que lleve el control de sus inventarios.


Resolución del Tribunal Fiscal N° 2695-9-2025, publicada el 25/03/2025

  • Prescripción de la acción para determinar la deuda del Impuesto a la Renta: Actos que interrumpen el plazo prescriptorio mediante reconocimiento expreso de la obligación tributaria.

  • Se presentó una solicitud de compensación que comprende el valor cuestionado, este acto se entiende como reconocimiento expreso de la deuda a partir de la presentación.


Resolución del Tribunal Fiscal N° 2473-2-2025, publicada el 14/03/2025

  • Supuesto de indebida motivación de la resolución que deniega una solicitud de compensación de parte: Nulidad.

  • Existe una inconsistencia entre lo consignado por la empresa en su declaración jurada presentada, en la que declaró la existencia de percepciones no aplicadas y lo señalado por la Administración en la apelada, sin evidenciarse de esta última una motivación suficiente que sustente el motivo por el cual no tendría derecho a la compensación que solicita, limitándose a señalar de forma general que las percepciones correspondientes al período tributario de julio de 2024 fueron aplicadas automáticamente en el período de julio de 2024.

 
 
 

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