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Boletín de Normas Legales

  • 6 abr
  • 2 min de lectura

Boletín de Normas Legales del 11 de marzo de 2026



NOTICIAS


LICENCIA POR PATERNIDAD: TRABAJADORES PODRÍAN DECIDIR CUÁNDO USAR LOS 10 DÍAS DE DESCANSO


La Comisión de Trabajo del Congreso de la República ha aprobado la modificación de la Ley N.º 29409, norma que rige la licencia por paternidad para los trabajadores de los sectores público y privado. Esta reforma, sustentada en los proyectos de ley 12680/2025-CR y 13310/2025-CR, se enfoca en otorgar una flexibilidad estratégica sin alterar la duración vigente del beneficio. El objetivo principal es que los padres puedan adaptar su ausencia laboral a las necesidades reales de su entorno familiar, permitiendo una gestión más humana y eficiente del tiempo de cuidado durante los primeros meses de vida del infante.


La esencia del cambio radica en las nuevas alternativas para el inicio del descanso. Mientras la legislación actual exige que el beneficio se ejerza en momentos estrictamente cercanos al parto — como el día del nacimiento, el alta médica de la madre o el niño, o días previos al parto acreditados por certificado—, la propuesta legislativa amplía el horizonte temporal de manera considerable. Bajo este nuevo esquema, los padres tendrán la potestad de elegir si inician su licencia dentro de las cuatro semanas posteriores al parto o, de manera innovadora, justo al concluir la licencia de maternidad de la pareja.


En el aspecto técnico, el dictamen ratifica que la duración estándar permanece en 10 días calendario, manteniendo las extensiones de 20 o 30 días para casos especiales de partos múltiples o prematuros. Esta reestructuración busca promover la corresponsabilidad parental, permitiendo que el padre brinde apoyo no solo en el episodio del alumbramiento, sino también cuando la madre retoma sus actividades laborales. Tras recibir la "luz verde" en la comisión de trabajo, el siguiente paso crítico para que esta reforma sea una realidad será su debate y votación final en el Pleno del Parlamento.


Fuente: Diario Gestión



NORMAS PUBLICADAS


El 11 de marzo de 2026 no se publicó normativa relevante.



JURISPRUDENCIA E INFORMES


El 11 de marzo de 2026 no se publicó jurisprudencia o informes relevantes.



Sin embargo, nos permitimos comentar los siguientes pronunciamientos:


Resolución del Tribunal Fiscal N° 8068-11-2025, publicada el 29/08/2025

  • Erogaciones efectuadas en el marco de proyectos de inversión ejecutados al amparo de la Ley de Obras por Impuestos: Improcedencia de su deducción.

  • Los desembolsos se encuentran dentro del marco de OXI por lo que ya son recuperados mediante la obtención del CIPRL, deducirlos en su determinación supone una doble deducción que no está amparada en norma alguna. 29/08/2025


Resolución del Tribunal Fiscal N° 5648-12-2025, publicada el 18/06/2025

  • Interrupción de la prescripción: Supuesto de no acreditación de la notificación de las resoluciones coactivas conforme a ley.

  • En las constancias de notificación figura que los datos del destinatario se encuentran en el reverso, pero al evaluarlos se evidencia que el reverso está en blanco, lo cual genera que no esté acreditado. Al no lograr acreditar la debida notificación de los valores que originan la deuda, no puede considerarse que la cobranza coactiva fue iniciada correctamente.

 
 
 

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Benites

Mónica
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